top of page
Foto del escritorPaula Andrea Loaiza Castañeda

¿Se hacen exámenes médicos ocupacionales para trabajo en alturas con criterios igualitarios?


¿Se deben hacer los exámenes médicos ocupacionales para trabajo en alturas con los mismos criterios de exclusión o inclusión para todos los trabajadores sin importar la exposición al riesgo?


El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, exige dentro de sus estándares la realización de exámenes médicos ocupacionales que deben realizarse conforme a los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Resolución 2346 de 2007 que establece:


Artículo 7°. Información básica requerida para realizar las evaluaciones médicas ocupacionales. Para realizar las evaluaciones médicas ocupacionales, el empleador deberá suministrar la siguiente información básica:



1. Indicadores epidemiológicos sobre el comportamiento del factor de riesgo y condiciones

de salud de los trabajadores, en relación con su exposición.

2. Estudios de higiene industrial específicos, sobre los correspondientes factores de riesgo.

3. Indicadores biológicos específicos con respecto al factor de riesgo.”


Por lo anterior, es importante que el empleador previamente haya identificado los riesgos y

peligros a los que se expondrá el trabajador, conforme a las funciones que va a desarrollar en la empresa, así lo confirma el Decreto 1072 de 2015:


“Artículo 2.2.4.6.23. Gestión de los peligros y riesgos. El empleador o contratante debe adoptar métodos para la identificación, prevención, evaluación, valoración y control de los

peligros y riesgos en la empresa.”


El profesional que realizará lo exámenes médicos ocupacionales valorará al trabajador teniendo en cuenta los criterios establecidos en el cargo, para ello es importante definir el profesiograma.


(…) El Perfil de exigencias del puesto, Profesiograma o también llamado perfil por competencias, mediante el proceso de selección pretende precisar, qué personas y en qué medida, de entre varios candidatos, cumple con las características que corresponden a los requerimientos de un puesto de trabajo…” (Profesiogramas o perfil por competencias en la gestión de recursos humanos. Pág.2 http://acacia.org.mx/busqueda/pdf/C12P42.pdf)


Lo que significa que el Profesiograma, define las competencias principales y condiciones de salud necesarias que debe tener la persona en el cargo de acuerdo con las características propias del puesto de trabajo. Por lo tanto, este documento es la base o guía del cual se basará el medico ocupacional para emitir un concepto de aprobación o negación al trabajador frente al desarrollo del cargo que va a ejercer.


En cuanto a los exámenes médicos ocupacionales por trabajo en alturas podrán ser los mismos, pero precisando en el Profesiograma esos criterios de exclusión o inclusión que serán relevantes al momento de valorar al trabajador y que deberán ser acordes al nivel de riesgo al que estará expuesto.


Consideramos finalmente, que los exámenes médicos ocupacionales por trabajo en alturas podrán ser los mismos, precisando en el Profesiograma esos criterios de exclusión o inclusión que serán relevantes al momento de valorar al trabajador y deberán ser acordes al nivel de riesgo al que estará expuesto.




Por: Dra. Ana Milena Rodríguez.



Brindamos asesoría legal en esta materia, conozca como podemos ayudarlo aquí: https://www.legalsas.com/servicios-que-ofrecemos



175 visualizaciones0 comentarios

תגובות


bottom of page