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Foto del escritorPaula Andrea Loaiza Castañeda

Registro de los planes de mejora y autoevaluaciones de estándares mínimos.

Mediante la circular conjunta 72 del 2021 el Ministerio de Trabajo les recordó a todas las empresas tanto privadas como públicas, la obligación que tienen de registrar en la aplicación habilitada en la página web del fondo de riesgos laborales hasta el próximo 31 de enero de 2022, el plan de autoevaluación de estándares mínimos, contenido en el artículo 28 parágrafo segundo de la Resolución 312 del 2019, así como también, el resultado de los planes de mejora del SG-SST programados para el 2022.


Recordemos al respecto, que la Resolución 312 de 2019, presenta los estándares mínimos requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento de los empleadores y contratantes, mediante los cuales se establecen verifican y controlan las condiciones básicas de capacidad técnico-administrativa y de suficiencia patrimonial y financiera indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades en el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.


Así mismo, la resolución manifiesta que todas las empresas deben en el mes de diciembre realizar su propia autoevaluación de estándares mínimos, con el fin de determinar el grado de cumplimiento en el que se encuentra la empresa, frente a un esquema esperado de seguridad y salud en el trabajo.


Dentro de las recomendaciones que hizo el Ministerio a las empresas y administradoras de riesgos laborales ARL, se encuentran:


a. Remitir copia de la Autoevaluación de estándares mínimos y del plan de mejoramiento de la administradora de riesgos laborales para su estudio, análisis, comentarios y recomendaciones.

b. Rendir informe sobre el avance del plan de mejoramiento en el mes de julio de cada año, teniendo en cuenta las recomendaciones de la ARL.

c. formular en el mes de diciembre de cada año el plan anual del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, el cual debe empezar a ser ejecutado a partir del primero de enero del año siguiente.

d. las administradoras de riesgos laborales deberán informar a las direcciones territoriales del Ministerio de trabajo, los casos en los cuales se evidencia el no cumplimiento del reporte de autoevaluación y el plan de mejora por parte de sus empresas.

Finalmente, aquí le dejamos link de la página del fondo de riesgos laborales, para que todas las empresas puedan registrar sus planes de mejora y autoevaluaciones. https://www.fondoriesgoslaborales.gov.co/


Por: Dra. Paula Andrea Loaiza.


Conozca la Circular Aquí:




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