La pregunta inicial sobre este tema, por lo general es ¿obligatoriamente se debe tener una matriz de requisitos legales?, para responder es menester indicar que dentro de las obligaciones asignadas al empleador en materia de riesgos laborales, contenidas en el Decreto 1072 de 2015 está el de contar con una matriz legal que compile requisitos normativos que le sean aplicables a la respectiva organización.
Ahora bien, Una vez se cumple con esta compilación de normas, se hace necesaria una atención especial a solucionar las dudas que a raíz de la misma, le surgieren al personal de la empresa, por lo que es importante que se brinde la respectiva asesoría del caso, para el cabal cumplimiento de los requisitos que en materia de riesgos laborales y en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Sobre el particular la norma es clara en definir que es una matriz legal y su aplicación, así:
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
“ Artículo 2.2.4.6.2.
(...)
24. Matriz legal: Es la compilación de los requisitos normativos exigibles a la empresa acorde con las actividades propias e inherentes de su actividad productiva, los cuales dan los lineamientos normativos y técnicos para desarrollar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el cual deberá actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables.
(...)
Artículo 2.2.4.6.8. OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES. El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente.”
“(…)
Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa, el empleador tendrá entre otras, las siguientes obligaciones:
(...)
5. Cumplimiento de los Requisitos Normativos Aplicables: Debe garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012.”
“Artículo 2.2.4.6.22. INDICADORES QUE EVALÚAN EL RESULTADO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST). Para la definición y construcción de los indicadores que evalúan el resultado, el empleador debe considerar entre otros:
1. Cumplimiento de los requisitos normativos aplicables;”
Teniendo en cuenta el desarrollo de las actividades para dar cumplimiento al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, es necesario definir una matriz que contenga los requisitos legales y otras normas técnicas aplicables a la empresa. Como estándares mínimos, es importante actualizar la matriz de requisitos y verificar:
1) Las Normas vigentes en riesgos laborales, aplicables a la empresa.
2) Las Normas técnicas de cumplimiento de acuerdo con los peligros/riesgos identificados en la empresa.
3) Las Normas vigentes de diferentes entidades que le apliquen relacionadas con los riesgos laborales.
Sea del caso resaltar que el apoyo para la elaboración y actualización de la matriz legal, puede estar a cargo de un profesional asignado por la ARL, de cara a sus obligaciones como entidad prestadora de servicios.