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Foto del escritorPaula Andrea Loaiza Castañeda

Fuero de paternidad: Prohibición de despedir a un trabajador cuya compañera se encuentre embarazada.


El gobierno Nacional además de aumentar el numero de semanas de la licencia de paternidad, de ocho días a dos semanas, también estableció la figura del fuero de paternidad, para lo cual ha modificado los artículos 239 y 240 del Código sustantivo del trabajo (C.S.T).


En este sentido, incluyó la prohibición expresa de despedir a un trabajador cuya cónyuge, pareja o compañera permanente se encuentre en estado de embarazo o dentro de las 18 semanas posteriores al parto y no tengo empleo formal.



Adicionalmente, la Ley 2141 de 2021 en mención, también ha manifestado que se prohíbe despedir a una trabajadora que se encuentre en estado de embarazo o dentro de las 18 semanas siguientes al parto y que para poder despedirla deberá mediar autorización del inspector de trabajo o del alcalde, cuando en el lugar no exista la figura del inspector de trabajo.


No obstante, la misma autorización se requerirá para despedir a un trabajador cuya cónyuge, pareja o compañera permanente se encuentre en estado de embarazo o dentro de las 18 semanas posteriores al parto y no tenga empleo formal, siempre y cuando ella se encuentre afiliada como beneficiaria suya en el sistema de seguridad social en salud.


Finalmente, el fuero de paternidad se activará con la notificación al empleador del estado de embarazo de la cónyuge, pareja o compañera permanente y una declaración bajo juramento de que ella carece de empleo formal.


La notificación deberá contener también la prueba que acredite el estado de embarazo de la cónyuge o compañera permanente, ya sean certificados médicos o exámenes realizados en laboratorios avalados.


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