El pasado 27 de mayo de 2024, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 1857 de 2024, a través de la cual establece los requisitos mínimos de seguridad y salud para el desarrollo de trabajo en Calderas.
La norma que tiene como fundamento establecer requisitos para garantizar la protección de la vida, la salud y la seguridad de los trabajadores en el desarrollo de actividades que involucren trabajos con calderas, garantizan el cumplimiento de los objetivos del Sistema General de Riesgos Laborales en torno a la protección y bienestar de los trabajadores.
Dentro del contenido de la norma, el Ministerio del Trabajo es enfático en indicar que aplica para todos los empleadores contratantes, contratistas, aprendices y población trabajadora de todas las actividades económicas que desarrollen trabajo en cualquier tipo de calderas, lo que incluye, a los trabajadores que adelantan labores de instalación, operación, mantenimiento y funcionamiento de las calderas o de sus equipos auxiliares y tuberías sujetas a presión asociadas.
Así las cosas, los empleadores deben implementar, mantener y dar seguimiento a todo un programa de gestión en trabajo en calderas, que debe contener como mínimo los siguientes aspectos:
1. Objetivos.
2. Marco teórico, marco legal.
3. Roles y responsabilidades.
4. Requisitos de capacitaciones y entrenamiento para cada uno de los roles definidos.
5. Plan de trabajo y cronograma de actividades.
6. Identificación de peligros.
7. Inventario de actividades de trabajos en calderas.
8. Procedimientos de trabajo documentados e implementados.
9. Metodología de medición, evaluación de la exposición y control de los riesgos.
10. Revisión por la alta dirección de los resultados obtenidos.
11. Interpretación y análisis de resultados,
12. Medidas de prevención.
13. Medidas de protección.
14. Procedimientos en caso de emergencias.
15. Indicadores de gestión específicos alineados al SG-SST.
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Por: Dra. Paula Andrea Loaiza Castañeda.
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