En razón de la actual emergencia sanitaria en la ciudad de Bogotá se implantará el pico y cédula desde las cero horas (00:00 a.m.) del 21 de diciembre de 2020 y hasta las cero horas (00:00 a.m.) del 16 de enero de 2021, la medida funcionará así:
1. En los días impares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.
2. En los días pares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.
Solo se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar para la adquisición de bienes y servicios.
La medida no aplica a los trabajadores que vayan a cumplir con su jornada laboral presencial.
Las excepciones a la medida son las siguientes:
a) Los servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que para su realización requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.
b) La persona que le sirve de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren de acompañamiento para realizar actividades o trámites.
c) Al personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud debidamente identificados.
d) La distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo, de conformidad con lo previsto en el Decreto Nacional 1521 de 1998
Recuerde que incumplir la medida puede llevar a la imposición de comparendos de parte de las autoridades de salud pública y la policía nacional.
Acceda al Decreto Distrital aquí:
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